Me presento a un concurso de méritos pero no puedo presentar en plazo los documentos que acreditan los méritos. Me limito a presentar la solicitud, copia de DNI etc. ¿Esta obligada la administración a concederme un plazo de diez días para subsanar y mejorar mi solicitud? Visto el artículo 71 de la Ley 30/92 tengo dudas.
Te han de dar un plazo de 10 días para subsanar. El 71.2 dice que ese plazo se puede ampliar excepto en procesos selectivos, pero los 10 días no te los quita nadie.
Creo que al ser un procedimiento selectivo:
1º lo que digan las bases.
2º ley 30/92
3º ¿Presentastes la solicitud de los documentos de méritos?.
4º ¿Esos documentos ya obraban en la administración que los pedía?
5º ¿Has presentado recurso ante el tribunal del proceso selectivo?
Pero, en cualquier caso, las bases no pueden ser contrarias a la Ley 30/92. Sino se podrían impugnar. Y si los documentos ya los tiene la Admón pues no hará falta subsanar nada, obviamente. No se le dará el plazo para subsanar porque no será necesario.
Y presentar ¿recurso? de qué?? Si a él lo que le falta es presentar un documento no tiene nada que recurrir. En todo caso presentará recurso si no le conceden ese plazo.
Si se trata de la misma Administracion no haria falta presentarlos, pero sólo si es la misma, y aun así yo presentaría al menos la solicitud de haberlos pedido. En todo caso, menciona los meritos en la propia solicitud, para q luego puedas aportarlos en la subsanación. Y por último, los méritos han de poseerse a fecha de finalizacion del plazo de instancias, no a fecha de finalizacion del plazo para subsanar.
saludos
rescato este tema aprovechándolo para hacer una consulta.
Me he presentado a un proceso selectivo, pero no pude presentar en plazo la documentación compulsada pues carecía de los originales. Envié fotocopias y esperé al plazo de subsanación. Ahora me dicen que no puedo subsanar porque la convocatoria del proceso recoge que no se puede añadir, completar ni modificar la documentación aportada con la solicitud inicial. En principio yo creo que cumplo con eso, ya que simplemente la estoy validando pero no soy ninguna experta, ¿podrían ayudarme?
A ver, el artículo 71 LPC establece que el plazo de 10 días es obligatorio; lo de HASTA 5 DÍAS de más que se puede conceder no cabe en estos casos, de procedimientos selectivos o concurrencia competitiva. Respecto a que, como dice algún compañero en este punto, lo primero es lo que digan las BASES, no es del todo cierto. Las bases NUNCA pueden contradecir a la Ley. En cuanto a la presentación de los documentos, siempre que los méritos los hayas ALEGADO en la solicitud y puedas demostrar que los POSEÍAS antes de acabar el plazo de presentación, podrás subsanar presentando fotocopias compulsadas, incluso sin esperar a que salgas EXCLUIDO o no se te incluyan los méritos en las listas provisionales.
Gracias por la respuesta. El plazo de subsanación en éste caso fueron sólo 5 días naturales, yo presenté la misma documentación que con la solicitud sólo que en éste caso compulsada. Espero que me la admitan, si no, tendré que pelear un poco.