Decir antes de nada que, aunque es mi primer post, hace tiempo que llevo siguiendo algunos hilos por pura curiosidad, así como también debido a un cierto interés por el derecho, aunque no tenga ningún estudio ni formación sobre este. Aún así, lo que planteo hoy no es ni por curiosidad y sí por un cierto interés en resolver un inesperado problema.
Os copio la denuncia con los puntos claves más o menos resumidos;
Por la presente, .... a instancias de la Policía Municipal se ha iniciado contra ust. el correspondiente procedimiento sancionador por producir ruidos durante la noche en la vía pública en la Calle xxx, de esta ciudad, el día xx.xx.xx infracción tipificada en los artículos 30 y 31 de la ordenanza municipal sobre ruidos (BOP de 24.12.03), por lo que se propone una sanción de 100 € por falta leve contra dicha ordenanza (artículo 66-f y 69-a de la misma).
La ciudad en la que se me puso la multa es Santiago de Compostela, para más información.
Ahora bien, los hechos son los siguientes:
Yo iba cantando por una calle vacía de esta ciudad (obviemos lo de cantar alto, no muy alto, normal, etc., ya que es bastante subjetivo) pasando cerca de un señor que escribía en un coche mientras yo seguía a lo mío con unas compañeras. De repente noto que alguien me agarra por la cazadora y me arrastra, a lo que en principio me resistí. Cuando vio mi resistencia sacó la placa y ahí acabo la cosa. Me tiró contra el capó, me registro y me levanto haciéndome preguntas de porqué molestaba a sus compañeros etc.(con bastante violencia por cierto, aunque se notaba que algo le había pasado antes ya que venía muy malhumorado). Yo obviamente en ningún momento supe que era un "secreta" hasta que me mostró la placa y sin ningún tipo de problema me disculpé, tratando de hacer entender que en ningún momento fuera mi intención tal cosa etc. En ese momento llegaron unos agentes de la Policía Municipal los cuales me habían pedido la documentación horas antes (unas 3 o 4) en la Plaza del Obradoiro (a los pies de la catedral, donde no es inusual ver a mucha policía pedir documentación últimamente y así, cuando me la pidieron lo tomé como rutinario aunque les pregunté que porque se me paraba a identificarme me dijeron que se me acusaba de "alteración del orden público". Decir que un policía era bastante agradable y lo tomé como un mero aviso pues me pararon justo al pasar por delante y dar un medio-grito a uno de mis amigos, lo cual nunca interpreté como motivo de sanción). Se bajaron del coche los dos policías y uno me reconoció de inmediato y soltó algo de lo que no me quiero ni acordar, y aunque el "secreta" estaba bastante malhumorado pareció entender mis explicaciones, o eso me pareció y me dejó ir, mientras un local le decía "a este ya lo hemos identificado antes, etc.". Así termino la cosa, creo que no me dejo nada en el tintero.
El problema es que la multa es muy "inexacta" pues carece de hora y realmente lleva una desajuste conforme a la realidad del asunto ya que en ningún momento la Policía Municipal me identifico en ese sitio, ni se me comunico que estaba amonestado (cosa que no se si es obligatoria o no, vosotros diréis) y, obviamente, en ningún momento se me vio cometer tal infracción ya que ellos llegaron después, o eso creo, ya que no me quedo claro el cuerpo de policía al cual pertenecía el agente de la “secreta”. ¿Es posible que fuera un policía municipal? ¿Acaso los “secretas” no son de la Policía Nacional en su mayoría? El caso es que la sanción administrativa por 100€ no me parece alta pero me gustaría recurrirla ya que creo que, de no ser de la policía municipal el agente que me vio cometer la infracción tal vez hubo un desajuste en esta denuncia. ¿Es posible que si un agente de la P. Nacional me ve cometer un delito otro agente de otro cuerpo me imponga la sanción sin presenciarlo?
Sí es verdad, soy culpable de cantar por la calle (alto o no eso es algo que no tengo claro) pero el procedimiento que se me ha abierto me parece más de vengativa por un problema con el Policía Municipal que me había identificado en la plaza, el cual se mostró muy agresivo conmigo desde el primer momento (tal vez por las vestiduras o por otras cuestiones referidas al idioma utilizado con el, pues con esto hay bastante problema en este tipo de casos) que una sanción por ruido común.
Algunos puntos a tener en cuenta a mi favor en la reclamación: (Díganme si algo de esto me ayudaría y sería correcto alegarlo).
1. ¿Error en los datos de mi domicilio actual?
2. ¿Indefensión por no haber notificado la sanción?
3. ¿Vulneración del principio de inocencia? Ya que;
En un expediente sancionador probar los hechos con detalle, sin admitir indeterminación y falta de concreción, es garantía fundamental para que la presunción de inocencia, garantizada por el artículo 24.2 de la C.E., no se vea vulnerada.
4. ¿Vulneración del principio de tipicidad? Ya que;
Como requisito de tipicidad, la descripción de los hechos debe ser lo suficientemente precisa como para que quede asegurada la función de garantía de tipo, las sanciones, han de quedar predeterminadas mediante preceptos jurídicos que permitan predecir con suficiente grado de certeza las conductas que constituyen infracción y sanción aplicables.
5. Otros ¿?
Todo lo que pongo aquí ha sido recogido de diferentes hilos de este foro y no lo pongo a modo de “sabidillo” si no todo lo que tengo que puede que sí, o no, valer para alegar la reclamación. Así mismo, tal vez podría nombrar el tema de que no fue la Policía Municipal la que me vio si no la Nacional (aún que sigo sin saber si los “secretas” pueden ser Municipales) aunque de este modo se me pedirían testigos que, aunque sin ninguna duda puedo presentar, no me compensaría por los trámites.
Siento todo este “tocho” mas si alguien me puede ayudar estaré muy agradecido. La multa la tengo que recurrir, como ya sabréis en un máx. de 15 días de este el pasado Jueves. Cualquier ayuda/opinión que me podáis ofrecer será bien recibida.
Saludos foreros y foreras (y perdonen por el doble post mas ser escueto no es mi fuerte).
Bueno, 15 días despues me han enviado dos multas más, una es igual a la pirmera pero con la hora y la segunda es por el mismo delito pero en otro lugar. Esto es un claro abuso policial. Espero respuestas si me las dan. Un saludo