david mi direccion de correo es la siguiente
justiciavema@yahoo.es
no entiendo muy bien a lo que te refieres con el negocio de hosterleria, en el correo que me remitas explicamelo con mas detalle
Gracias eres de gran ayuda.
Teresa no consigo tu dirección al pinchar en tu nick de ahí el motivo de responderte aquí de nuevo.
En cuanto al trámite de inscripción de los bienes como te decía antes el problema está en que no está inscrito en el registro de la propiedad, ¿tendremos que buscar el contrato de compra-venta de los terrenos donde están las edificaciones como título de adquisición de bienes (presupongo), y los contratos o licencias de obras que haya sobre la edificación?, o los pagos de contribución y demás...
y como segunda pregunta te comentaba que el negocio de hostelería tenía un contrato de venta incumplido por el comprador por lo que está en trámites de juicio que inició mi padre ahora esos trámites hay que reiniciarlos o con nuestra presencia en el juicio cuando lo haya es suficiente como herederos....no se si me explico.
Muy muy agradecido.Saludos!!
la declaracion de herederos (cuando el cuasante no haya otorgado testamento) puede realizarse por cualquier persona quetenga interes legitimo , ante el notario al que deberas justificarle quienes son los autenticos herederos (certificado de nacimiento de matrimonio,...)
este tramite es necesario para ostetar algun derecho en la herencia, ya que constituye el titulo hereditario.
una vez realizada la declaracion ,con el objeto que los bienes del causante formen parte del patrimonio de los herederos, se debera realizar escitura de aceptacion de herencia, asi como distribucion de los bienes entre los herederos.
el tramite de inscripcion de los bienes se peude relazar con posterioridad a la declaracion de herederos, ya que en la descripcion del bien el Notario hara constar que esta pensiente de inscripcion.
es necesario concoer cual es el titulo de adquisicion de los bienes del causante, asi como quien aparece en el registro como titular de esos bienes, al objeto de iniciar el expediente correspondiente.
si deseas mas informacion no dudes en consultarme.
si pinchas en mi nick podras encontrar mis datos y mi direccion de correo.
Debemos hacer declaración de herederos por el fallecimiento de mi padre pero nos encontramos con el problema de que mi padre era propietario d e un negocio de hostelería y una vivienda en andalucía,ambas propiedades se encuentran inscritas en el catastro, pero no en el registro de la propiedad ya que estos bienes inmuebles se encontraban sin escriturar, ahora desconocemos si es indispensable escriturarlos para hacer la declaración de herederos o si no es necesario y se puede hacer con posterioridad, además desconocemos que gastos generan para la declaración de hacienda, y si debemos constar en escritura todos los miembros familiares ya que somos cuatro hermanos,actualmente estos inmuebles se encuentran al corriente de pagos, pero el negocio de hasteleria se encuentra con un contrato de venta incumplido por lo que está inmerso en juicio con el comprandor, estos trámites judiciales están propuestos por mi padre y sus hermanos ya que tenían acuerdos de palabra sobre el reparto de la propiedad al fallecer mi padre no se si éstos trámites legales siguen adelante o deben ser reemprendidos por sus herederos, es decir mis hermanos y yo, o no es necesario.
Gracias y espero podáis responderme a esta enrevesada herencia.