Efectivamente Dick, el administrador nunca debe dar información a la plebe. La información es poder y si los propietarios quieren vivir tranquilo y por ello han contratado a un administrador, pues que se queden tranquilo, nada de información que luego se juntan y lo pueden echar. Nada de información, que vivan tranquilo, que el administrador ya sabe lo que tiene que hacer.
Eso fontanero, no sea que algún espabilado decida denunciar al administrador por dar sus datos inconsentidamente. Qué bien le viene la Ley a los Administradores ¿Verdad?
Sí, puede pedir lo que quiera, pero ya sabes ese dicho: contra el vicio de pedir, la virtud de no dar.
El administrador hace bien en no dar información que iría en contra suya.
Nada, ajo y agua.
NO tiene porqué dar esa información ya que iría en contra de sus intereses. Vamos por parte. El presidente quiere las direcciones de los propietarios para que él pueda mandar una carta a cada propietario comunicándoles que el administrador es un trápala, que hace lo que le da la real gana y que está perjudicando seriamente a los propietarios y por tanto hay que echarlo. ¿Por qué va a dar esa información al presidente?.
El administrador, como buen profesional y mirando sus intereses, (que son los ÚNICOS que les importa) no va a cometer esa torpeza y lo veo bien. A ver si los propietarios se enteran de una P. vez que los administradores están pera eso, para que los propietarios vivan tranquilamente creyendo que el administrador le soluciona sus problemas, pero eso lleva un coste compañero, sí, el saqueo oscuro y el inflado de facturas, eso lo hacen hasta los políticos como buenos administradores sociales ¿o no se dan ustedes cuenta?, pues ya es viejo !!coño.¡¡.
EL ADMINISTRADOR HACE MUY BIEN, NADA DE INFORMACIÓN, QUE LA INFORMACIÓN ES PODER. ("_").
Después de criticar durante muchos años a los administradores por mala praxis, he decidido ponerme de su lado, no hay solución, en España hay más borregos de los que creía, no hay solución de enmienda.
En ese caso, yo entiendo que el adm está obligado a enviar a los vecinos una carta escrita por el presidente, informando a los vecinos de algo relacionado e importante para la comunidad. A lo cual el adm se niega.
Gracias.
Artículo 9.
1. Son obligaciones de cada propietario:
h) Comunicar a quien ejerza las funciones de Secretario de la comunidad, por cualquier medio que permita tener constancia de su recepción, el domicilio en España a efectos de citaciones y notificaciones de toda índole relacionadas con la comunidad.
La respuesta es negativa, al presidente no tiene porque comunicar nada. El presidente es el que representa a la comunidad solamente ante terceros. En definitiva el presidente es el que se lleva los palos en caso de litigio, pero nada mas. Bueno también el que firma las actas, junto con el secretario.
El problema está en la LPD. El presidente al ser generalmente rotativo, como todos los propietarios deben, o pueden pasar por el cargo, resulta que todos se pueden enterar, de datos que son protegidos.
Mi pregunta es la siguiente, tiene obligación el administrador de dar los correos electrónicos u otro medio de contacto al presidente para ponerse en contacto con ellos, ya que el adm se niega a enviar una carta a los vecinos escrita por el presidente y al vivir la mayoria de ellos fuera no hay modo de explicarles los problemas que este señor nos está creando .
Gracias