Buenos días, soy un chico de 19 años, y mi situación familiar es de padres divorciados, vivo con mi madre en casa de mis abuelos, y mi padre pasa una pensión alimenticia de 300€/mes a mi madre.
Mi situación actual es que estoy en la universidad, cursando mi primer año académico, y para ello he optado a la beca mec, la cual me han concedido. Esta beca me paga la matricula de la universidad y a mayores me proporciona una cuantía fija. Debido al tiempo que hecho en la universidad estudiando y con las clases, suelo entrar a las 9a.m y salir a las 8p.m, por lo que me veo obligado a comer en la universidad. Además, desplazarme me cuesta al rededor de 2€/día. Hasta este mes (enero) mi madre debido a que no como en casa por estar estudiando en la universidad me daba una cantidad al mes para que con ella pagase el transporte a la universidad, la comida en la universidad y la peluquería. Pero este mes ha decidido no dármela puesto que tengo como dice ella “la beca” y me ha dejado sin ninguna opción de ir a la universidad e incluso comer allí cuando me quedo si no me lo costeo yo mismo. Mi madre no paga alquiler, y gasta de comida y agua-luz por mi unos 200€ mensuales. Puede hacer esto legalmente? Ya que según tengo entendido la pensión de alimentos cubre tanto comidas como gastos escolares (en este caso la universidad), como la peluquería y medicamentos. Puede desentenderse de mí y mis necesidades tanto académicas (el transporte a la universidad) y las comidas que como por quedarme en la universidad (no me quedo por ocio, si no por clases e incluso tutorías con profesores).
Un saludo y muchas gracias.
Quiero recalcar que mi madre no paga ninguna parte del alquiler del piso, todo corre a cuenta de mis abuelos, ella paga la mitad de la comida que se come en el piso y una pequeña cantidad por luz y agua.
Habria que revisar el convenio pero sobre el papel las necesidades básicas están cubiertas que es para lo que se fija la pensión. La matrícula de la universidad está cubierta, alojamiento y manutención cubiertos, etc. Tenga en cuenta que usted puede llevarse comida de casa a la universidad, no es obligatorio pagar la comida allí, por ejemplo.
Tendría la opción de solicitar vía juzgado que el pago de la pensión se realice directamente a usted pero debería consultarlo con un abogado especializado.