Mi parcela (que compré hace un año) tiene 800m aunque según mi escritura y el registro tiene 1000m, tras comprobar el catastro también tiene 1000m y los 200m que faltan los tiene un vecino. El registro de la propiedad del vecino dice que tiene 800m según registro, pero que son 600m según el modelo CU-2 del catastro. El no puede tener 800m y yo 1000m, o el tiene 800 y yo 800 o el tiene 600 y yo 1000. Mi pregunta es: legalmente, ¿Quien tiene esos 200m?, en su escritura ¿Valen legalmente los 800m o los 600?, si además los lindes en la escritura de su parcela me diesen la razón ¿Tengo las de ganar?.
El problema que tienes se resuelve ejercitando en vía judicial una acción reivindicatoria, siempre que el vecino no pueda demostrar que lleva poseyendo esos 200m´, más de 10 años,porque de ser así habría adquirido la propiedad de los metros por prescripción, y si no por los datos que aportas tienes todo a tu favor para ganar en juicio.Tienes titulo de dominio registrado que acredita fehacientemente tu propiedad, realizas una perfecta identificación de la finca, tanto catastral como registralmente y demuestras que tu vecino posee la porción de la finca objeto de reivindicación sin título alguno o causa que los legitime. Suerte
Muchas gracias por vuestras contestaciones. El problema es que la primera vez que se registraron ambas parcelas eran 800m la mía y 800 la de el vecino, aunque en el catastro figuraba 1000 la mía y 600 la del vecino, posteriormente por la ley 205 de la ley hipotecaria, se realizó una inmatriculación de esos 200 metros en mi escritura (un anterior dueño) hace 4 años, lo que no se es si esa inmatriculación es válida, o un juez le daría la razón al vecino por haber registrado antes. La otra cuestión es saber si tengo opción en el otro caso a reclamar a la persona que me vendió la parcela, fue hace un año, y no disfruto de los 1000m que pone en la escritura.