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Problema con formación, categoría y tipo de contrato

4 Comentarios
 
19/12/2016 13:09
Alsim
Si es la empresa contratante quien le atribuye directamente una parte de las labores,CON EL CONSENTIMIENTO de su empresa,es cesión ilegal.
Lo correcto es que el banco se dirija a su supervisor,a usted directamente,salvo algo urgente,no tienen que dirigirse para nada.
Respecto a formación,el redactado del convenio es claro:
Permiso retribuido para exámenes,preferencia de elegir turno y adaptación de jornada,no tiene usted derecho a reducción de jornada ni la empresa lo tiene a reducirle el salario,lo de doblar turno,no puede exigirse,va más allá de una adaptación,pero eso es algo que tiene usted que valorar y llegar a un acuerdo con la empresa.
19/12/2016 12:46
blecua
Muchas gracias por su respuesta.
Yo tengo en el banco un responsable de mi empresa, que de vez en cuando me manda hacer algo, pero la mayoría de mi trabajo me llega por otra persona que no es de mi empresa.
En cuanto a la formación, el convenio dice que:
-El trabajador tiene derecho a permisos retribuidos para concurrir a exámenes y preferencia a elegir turno para la obtención de titulo profesional
-A la adaptacion de la jornada ordinaria para la asistencia a cursos de formacion profesional o a la concesión de permisosde formación con reserva del puesto de trabajo.
¿Que se necesita para ser una cesion ilegal?.
Muchas gracias
19/12/2016 12:20
Alsim
Su contrato no tiene por qué especificar su duración,y aún haciéndolo,es orientativo.
En el momento que permanezca usted mas de tres años en dicho contrato,es fijo.
si se le encomienda un trabajo de superior nivel al contratado,tiene usted,como mínimo,derecho a que se retribuya por el trabajo realmente desempeñado,reclamar subida de categoría,es factible,pero no es seguro que lo consiga,depende de muchas cosas.
Desde luego que puede reclamar atrasos,con un máximo de un año.
Respecto a la cesión ilegal,también depende de variables:
¿La dependencia funcional es con el banco o con la empresa?
Respecto a si ha de recuperar o no el tiempo de formación,habría que verlo en el convenio
19/12/2016 11:46
Alsim
Buenos días,

¿Alguna sugerencia?.

Muchas gracias
Problema con formación, categoría y tipo de contrato
16/12/2016 12:49
Actualmente tengo un contrato por obra y servicio en una empresa de informática que está sujeto al convenio XVII Convenio colectivo nacional de empresas de ingeniería y oficinas de estudios técnicos (código de convenio n.º 99002755011981. En el contrato no se indica fecha de fin de obra. Se me contrató en 2014 para resolver incidencias de Remedy (aplicación de gestión de incidencias) y desde Octubre del 2015 estoy coordinando un proyecto diferente. También comentar que estoy trabajando para una empresa, que trabaja para telefónica y presto los servicios en la sede de un banco. Actualmente estoy realizando un grado superior desde Octubre 2016 con el consentimiento de la empresa. Mi jornada era de 8:00 a 15:30, pero desde Octubre del 2015 entro sobre las 7:30. Desde Octubre de 2016 , estoy realizando el horario de 7:30 a 14:00, ya que entro a las 15:00 al curso y me da el tiempo justo. Los problemas son los siguientes:
1º - La empresa me pide ahora que reduzca el sueldo o que doble turno cuando no tenga clases. ¿Es legal, pedirme este cambio después de tres meses?¿Tengo que aceptarlo?
2º - ¿El contrato no está en fraude de ley por no poner en el contrato de obra y servicio la fecha de finalización o por desempeñar una tarea distinta de la que indica el contrato?
3º - No es una cesión ilegal por estar contratado por una empresa que presta servicios a otra y esta al banco, para el que realmente realizo el trabajo?
4ª - Es cierto, que puedo solicitar, con efectos retroactivos, el salario que compete a la nueva función que realizo, que conlleva más responsabilidad?
5ª - Según he visto por mi titulación, FP2, (ellos me pidieron el título al entrar), las tablas salariales deberían de ser de nivel 2 y tengo en mi contrato nivel 6. ¿Puedo reclamar la subida de categoría y salario?