La cuestión es que mi mujer ha recibido una herencia de su madre en la que se reparte una finca urbana de unos 700m2 entre los tres hermanos. A nivel catastral en dicha finca hay dos parcelas urbanas pegadas la una a la otra . En una de ellas hay construida una casa de dos plantas y la otra parcela esta vacía.
A los dos hermanos de mi mujer les han adjudicado la planta 0 y 1 respectivamente de la parcela construida. A mi mujer la ha correspondido la otra parcela sin construir.
El problema es que en el registro la parcela original está sin segregar y realmente no hay dos parcelas, sino una a nivel registral. Sin embargo a nivel de catastro si que figuran la dos.
El caso es que no sabemos como proceder :
Antes de llegar a un acuerdo para aceptar/partir la herencia seria bueno saber si las parcelas son segregables para ver a que tipo de acuerdo se llega ¿no?
¿Se podría solicitar la segregación antes de partir la herencia? ¿Tenemos qué aceptar la herencia y después solicitar la segregación?
Tramiten su licencia de segregación y fírmenlo todo (segregación, declaración de obra nueva y división de la propiedad horizontal, aceptación y adjudicación) sin necesidad de levantarse de la mesa del notario. Pero empiecen comprobando la posibilidad de segregar y tramitando lo procedente para la división de la propiedad horizontal, con sus permisos y licencias.