Hola a todos, quisiera saber si el presidente tiene obligación de estar en la reunión, de no poder acudir , puede mandar a alguien en su lugar, (nosotros no tenemos vicepresidente) en ese caso quién tiene que firmar las actas, el presidente que no ha estado o la persona que fue en su lugar.
Gracias
La Ley no obliga la presencia del Presencia del presidente a la Junta, dado que pueden ocurrir muchas cosas que le impida acudir.
la persona a la que de su representación, sólo y unicamente le puede representar como propietario, pero nunca como Presidente.
En la junta se tiene que nombrar entre los asistentes a un Presidente provisional para que dirija la Junta.
Quizás mejor, suspender la junta hasta nueva convocatoria.
Es extraño que si el propio Presidente, convoca la Junta, despues no pueda asistir. Deberá ser problema de causa mayor, que deberá justificar a la Junta General de Propietarios.
Gracias por la información, me ha sido de gran ayuda. Lo hemos resuelto eligiendo un presidente entre los presentes para la ocasión. Como de costumbre el administrador no sabe no contesta, y una serie de vecinos continuan manteniendole en el puesto.
Acriton, disculpe pero la asuncencia no tiene que ser justificada, eso no viene recojido en ningun articulo.
De extraño no es nada, en siete días pueden ocurrir muchas cosas