Y ahora otra nueva cuestión, relacionada con otra pregunta mía anterior
En una Asamblea para cambio de Junta, y ante la ausencia de voluntarios, un vecino se ofrece para ocupar el cargo de Presidente. Es aceptado.
Se formaliza el acto y el nuevo Presidente propone contratar una Gestoría para que lleve los asuntos de la Comunidad. Se debate y acordamos que el Presidente se encargara de la contratación por un importe máximo, según sus indicaciones.
El Presidente contrata una Gestoría. La suya.
Al cabo de varios meses nos enteramos, de casualidad, que nuestro vecino tiene una Gestoría,
El importe de los trabajos de gestión es el máximo autorizado por la Junta.
¿Hasta qué punto esto es legal? La ética ya sabemos que ha sido dejada de lado.
Gracias por vuestro interés.
Saludos.
Parece que, efectivamente, la ética va por otro lado.
Pero legal sí es, ya que según dice "acordamos que el Presidente se encargara de la contratación por un importe máximo, según sus indicaciones".