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presidente-administrador

42 Comentarios
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29/11/2004 11:03
Para pagar honorarios es preferible pagarlos a un profesional al que se le podran pedir responsabilidades especificas.
27/11/2004 12:43
Evidentemente un Presidente, o cualquier otro propietario, está facultado para desempeñar el cargo de Administrador en una comunidad, caso de no querer recabar los servicios de un profesional colegiado externo.
La controversia queda servida cuando surge la posibilidad de retribuirlo, o no , por sus funciones.La Ley de la P.H. no se pronuncia al respecto, si bien parece ser que existe cierta jurisprudencia al respecto quizá fruto de algún contencioso entre los intereses de administradores colegiados o no colegionados , o sea intrusos, según su manera de ver.
Puedo aportar un suelto entresacado de una publicación de un asesor de Administración de Fincas en el que se pronuncia sobre el tema en los siguientes términos :
"1- Para ejercer como Aministrador, cobrando por realizar tales funciones, solo estan legalmente autorizados los Administradores de Fincas colegiados.
2- Legalmente estan reconocidos tanto los Administradores como los propietarios. Cualquiera de los propietarios puede ejercer en el cargo, PERÓ SIN MEDIAR RETRIBUCION.Hay sentencias en este sentido e incluso se condenó judicialmente a un intruso a una multa por importe del Alta en el Colegio, más las cuotas colegiales correspondientes al período en que habia ejercido como intruso" ( debo suponer que dicho intruso debia ser un profesional externo no colegiado).
Falta ver, no obstante la fuerza jurídica que se pueda ejercer cuando una comunidad decide retribuir a un propietario en el ejercicio de las funciones de administrador. Hay comunidades de gran número de partícipes cuya administración recaba mucha dedicación y parece lógico que sea retribuida, por más que digan el coorporativo de administradores de fincas. Todo dependerá del caso que se trate y del acuerdo de la comunidad.
En mi opinión y salvo mejor parecer.
Presidente-administrador
26/11/2004 20:36
En mi comunidad de vecinos se presentaron varias ofertas para nombrar un administrador. Entre las ofertas estaba el propio presidente. Una oferta, el presidente no lo admitio al decir q no era propietaria en la casa ni profesional.Total la opción del presidente fue mas votada y el mismo se eligio diciendo q es legal cd no es elegido un administrador.A su vez se ha puesto un salario. nadie dijo nada, yo no estaba.
¿esto es legal?
Muchas gracias