Tengo un piso, que lo tengo alquilado :mis preguntas son; Devo ser presidenta cuando me toque, puedo pedir el libro para saber el año que lo fui;somos 20 vecinos y yo antes vivia en este piso.Y por ultimo cuando tenga que ser presidenta puedo decir a los inquilinos siempre que ellos quieran que lo sean ho puedo pagar un gestor el año que me toque y que se cuide de mi presidencia.
le respondo a sus preguntas
Tiene obligación inaludible de ser presidenta.
Por supuesto que puede solicitar ver el libro de actas.
la presidencia sólo la puede realizar el propietario, osea no valen los inquilinos ni gestoras, otra cosa es que la nombrasen administradora, entonces tendría que tener el permiso de la comunidad.
Jalisco gracias por responderme :pero tendra que haber otra manera legal porque yo no vivo en el mismo lugar que tengo el piso; Y como puedo saber los problemas de la comunidad y cobrar los recibos ect..ect no se puede que me lo haga otro vecinopagando y que naturalmente quiera porque tengo buena relación con muchos de ellos ya que vivi muchos años en este inmueble .
La presidencia no es delegable y otra forma de darle solución no existe, si bien, un vecino puede pedir de forma voluntaria el ejercer de presidente en su lugar (el presidente sería él, no usted), pero siempre que los demás vecinos lo acepten. Sobre pagarle por este "favor", es cuestión entre usted y él.
Huerta: le expongo mi caso
vivo a 500km de mi propiedad, tengo 65 años, me nombraron Presidente, administrador y secretario, en el plazo dado por la ley (1 mes) expuse al juez el problema, pues nada la justicia no me dió la razón.
Ruego me responda. La han nombrado sólo presidente, o tambien administrador
le doy un consejo y varias aclaraciones.
De ser presidente no le libra nadie, los problemas que vengan, pase usted de ellos de forma que no la puedan acusar de negligencia. Usted no tiene porque ir a donde tenga la vivienda para solucionar problemas, si la comunidad se ha puesto de acuerdo para fastidiarla, fastidie usted.
Si la llaman por algún problema, o averia, llame al seguro y que quede constancia de su llamada, el recibo mensual vale, cobre todas las llamadas. Cuando tenga que celebrar la reunión anual y alguna extraordinaria, usted la convoca pero no acuda, la ley no la obliga a acudir, la mañana de la reunión usted se ha levantado con jaqueca, el intestino lijero, dolor de cervicales, etc.
Si ha usted la han nombrado administrador, (la ley la obliga a serlo, pero no ha que lo haga de forma efectiva) escriba una carta certificada a cada propietario, indicando el nº de cuenta corriente de la comunidad para que individualmente ingresen su cuota correspondiente, indicando que usted carece de la correspondiente tecnología (leasé internet) para realizar el cargo de la forma que solicita el banco.
Usted no tiene porqué cobrar nada, ni la pueden exigir eficacia como administrador, pero si la pueden exegir como presidente.
Vaya a la sucursal en su ciudad y ponga inmediatamente la cuenta a su nombre.
Si la han intentado jorobar, usted sibelinamente tiene todas las armas para hacerlo.
No dude en consultar lo que sea, yo tratare de aconsejarla
un saludo
Sr.jalico solo presidenta pero en esta comunidad cobra el presidente me guardare su contestación porque como muy bien comprendera como voy a ir a cobrar si pagan cuando quieren, no tienen ni horra ni dia;hare lo que hustet me aconsega cuando me toque pondre una cuenta y que ballan a pagar al banco.. Primero hablare con mi vecino no creo que tenga ningun problema tenemos muy buena relación
Un propietario, solo tiene la obligación de ser Presidente cuando le toque por turno, si ese es el sistema establecido de elección y nombramiento.
No tiene ninguna obligación de ejercer a su vez, como Administrador y Secretario.
En este caso, la Comunidad deberá acordar quien o quienes deben ejercer esas funciones.
Sería conveniente en este caso, que tambien se elija a un Vicepresidente.
Le ruego no me llame Sr. en el blog ese tratamiento esta borrado
No entiendo como siendo presidenta, tiene que cobrar recibos, esa es obligación del administrador según bien la ha explicado acriton.
Tambien puede comunicar que usted según marca la ley será presidenta, pero que en ningún caso ejecutará el ejercicio de administrador, si es que no lo tienen aprobado en junta.
Revise las actas y mire a ver si figura que el cargo de presidente-administrador y secretario, lo debe de ejercer la misma persona. Si no figura nada, usted puede decir que no se niega a ser presidente, pero que en ningún momento ejercerá de administrador y secretario, ya que usted no está capacitada para ejercer dicho trabajo.
Tampoco entiendo cuando dice "cuando me toque pondre una cuenta y que ballan a pagar al banco". es que la comunidad no tiene una cuenta corriente?. la verdad su comunidad es un poco rara
Por lo que veo todavía no ha sido elejida presidenta. Y o en la reunión exprondrá todos los problemas que pueden concurrir, y si no vienen a razones entonces haga todo lo indicado.
Tenganos informados