Hola a todos.
Quería saber si se puede presentar una papeleta de conciliación por despido enviándola al SMAC, presentándola en fecha en la Oficina de Correos y enviándola por correo certificado.
No encuentro normativa ni jurisprudencia, ¿alguna orientación-opinión?
Muchas gracias porrerman por la pronta respuesta,
he leido la sentencia 77/2003. Entiendo que sí se puede presentar a través de correos dentro del plazo de los 20 días, incluso llegando al Servicio de Mediación y conciliación más tarde de esos 20 días.
Profundizando en el tema: ¿cuántas copias de la papeleta hay que enviar si se demanda a una sola empresa? He visto que tantas copias como partes haya implicadas, por tanto ¿una copia?
Vaya a la oficina de correos con los cuatro ejemplares de la papeleta (suponiendo que la empresa demandada sea una) para que, una vez se los sellen, introducirlos en el sobre y certificar la carta. Solo en el caso de que conste ese sello con la fecha por parte de correos tendrá validez en caso de que su reparto se demore y exceda del plazo para la interposición de la demanda.
Buenas tardes,
Alguien podría ayudarme?
Yo trabajaba en Madrid y me han despedido.
Ahora mismo me encuentro en Santander y necesito.presentar la.papeleta de conciliación.
He visto que se puede presentar en correos pero en caso de que.lo.presente en correos de santander, el acto de.conciliacion será en Santander?necesitaria que el acto de conciliación fuese en Madrid.
Si es así, otra opcion podría ser enviarlo a Madrid (Smac) por correo certificado?
Agradecería muchísimo vuestra ayuda ya que se me acba el plazo.
Muchas gracias de antemano.
Un saludo
LucíaTP, ¿tienes certificado digital? Si es así, puedes presentarla a través del siguiente link: (incluso algún familiar podría presentarla como "Autorizado").
Si no es así, puedes enviarla por Correos, a través de correo administrativo, a la siguiente dirección:
Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación de la Comunidad de Madrid
Calle Princesa, 5, 28008 Madrid
Se puede presentar con certificado digital o dnie electrónico, mediante el registro general de la comunidad autónoma, o el registro único de las administraciones publicas. Dirigirlo a la Consejería de trabajo de la comunidad correspondiente, y listo.