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Prescripción itp y registro de la propiedad.

1 Comentarios
 
05/10/2018 18:28
A2velas
Hay que esperara 4 años más los seis meses de pago voluntario, entonces está prescrito y se liquida así en Tributos, con esa liquidación y la escritura se presenta al registrador para inscripción.
Prescripción itp y registro de la propiedad.
05/10/2018 12:25
Buenos días compañeros de foro,

Tengo una duda que plantearos, ¿es posible inscribir un inmueble en el Registro de la Propiedad sin pagar el ITP, si ya han pasado más de 4 años desde que se escrituró ante notario (no se pagó en su día el impuesto)?

La cuestión que planteo es tanto tributaria sobre la prescripción del impuesto, como procedimental a la hora de hacer efectiva esa prescripción de cara al Registro.

Muchas gracias.