Tengo una duda que plantearos, ¿es posible inscribir un inmueble en el Registro de la Propiedad sin pagar el ITP, si ya han pasado más de 4 años desde que se escrituró ante notario (no se pagó en su día el impuesto)?
La cuestión que planteo es tanto tributaria sobre la prescripción del impuesto, como procedimental a la hora de hacer efectiva esa prescripción de cara al Registro.
Hay que esperara 4 años más los seis meses de pago voluntario, entonces está prescrito y se liquida así en Tributos, con esa liquidación y la escritura se presenta al registrador para inscripción.