Estimado compañeros, mi pregunta es: interrumpe el plazo de prescripcion la reclamacion de una deuda de telefonia movil, la reclamación hecha por una empresa de recobros? como intritium justitia o corporacion legal?
como fehaciente consideramos las millones de cartas tanto de una empresa como por otra, de forma modelica y sin certificar? se han contestado a algunas negando la deuda de forma absoluta.