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Prescripción de una sanción

1 Comentarios
 
Prescripción de una sanción
23/02/2007 08:28
Buenos días.

Mi duda es, como el nombre del post indica, acerca de la prescripción de la sanción. ¿Desde cuando tengo que empezar el cómputo? La ley 30/1992 habla desde el día siguiente a la firmeza, por lo que tenemos una seríe de posibilidades:

- Impuesta la sanción y notificada, no es recurrida en plazo en vía administrativa (partimos de que cabe alzada): ¿Comenzaría el plazo un mes más tarde de la notificación de la sanción?

- Recurrida en alzada, se notifica la resolución y no se acude al contencioso: ¿Comenzaría en este caso a computar pasados dos meses desde la notificación de la resolución de alzada?

-Y ya por último, en caso de acudirse al contencioso, ¿comenzaría el cómputo una vez recaída sentencia o cuando se notifique la misma?

Muchas gracias a los que se atrevan
26/02/2007 16:05
Nadie se anima??