Hola buenos días quería hacer algunas preguntas sobre la cuestión de cerramientos
quería saber cuánto tiempo tiene que pasar para que prescriba un cerramiento de una terraza en la comunidad si no ha sido aprobada por la comunidad
La costumbre de esta comunidad cuando se cerró la terraza hace 7 años es preguntarle al presidente y a la administración que en los dos casos fueron que sí pero solamente puedo demostrar la aprobación del presidente en ese momento la administración al haber cambiado por una nueva no tengo ni justificantes ni manera de contactar con el administrador antiguo
pero sí ha sido aprobado por el Ayuntamiento
en mi comunidad todas las terrazas están cerradas y acristaladas cada uno a su manera
y ninguna persona ha pedido permiso a la comunidad ni se ha aprobado en juntas ni en actas ni tampoco al Ayuntamiento algunas veces se han comentado temas en ruegos y preguntas pero nada aprobado tengo dudas de cuándo prescribe esa acción ya que hace muchos años que esto pasa en esta comunidad y cada uno lo hace a su manera
Muchas gracias y un saludo
Yolanda
El documento que usted dispone del presidente, es papel mojado. El presidente no es nadie ni para autorizar ni para prohibir
La justicia no se pone de acuerdo en el tiempo que tiene que pasar, pero 7 años es poco
El cerramiento de una terraza es una infracción urbanística, se considera grave, la forma de denunciar es a través de una instancia al ayuntamiento. Compete su resolución a la administración, al Ayunt. en este caso.
Prescribe a los 4 años, pero prescribe solo de dos maneras.
1º Previo a incoar un expediente administrativo, se deje trascurrir el periodo sin resolución.
2º Se de, de alta el cerramiento en el IBI y trascurran 4 años.
Gracias por su contestación
lo siento pero no lo he entendido
no ha habido ningun expediente de esa terraza y tampoco una subida del ibi en 7 años en este caso
¿ Deberia ir al catastro para formalizar el cerramiento?
Muchas gracias y disculpas por mi ignorancia