Quiero comprar una casita construida en 1985 en suelo rústico. Escriturado y catastralmente como uso residencial, con luz y agua (aunque por lo leído en el foro esto no legaliza nada). En 2002 la zona es declarada Parque Natural por lo que supongo que desde entonces será rústico protegido¿?. He leido en el foro que en suelo rustico protegido las infracciones no prescriben. En este caso como la construcción es anterior a que sea suelo rústico protegido, ha prescrito la acción para restaurar la legalidad urbanística?. Estará fuera de ordenación y aunque no pueda hacer nada por lo menos no la pueden tirar?