Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

prescriben las amonestaciones????

3 Comentarios
 
Prescriben las amonestaciones????
01/06/2008 18:42
Buenas tardes:
Me gustaria saber, si las amonestaciones por escrito que se hacen a un trabajador prescriben en algún momento, o por el contrario, puedo utilizar amonestaciones del año pasado para reunir las suficientes (según el convenio 3) y poder despedirle por un despido procedente.

Espero respuestas.
Gracias
02/06/2008 17:05
Hola Nube.

Yo entiendo que SI prescriben, ya que en todos los convenios con los que yo he trabajado hasta ahora siempre va explícito. Lo normal es que las leves prescriban a los 10 días de la comisión de la falta, las graves a los 20 y las muy graves a los 60.
Espero que te sirva de ayuda.
02/06/2008 18:44
Hola, normalmente en los convenios colectivos en el regimen de faltas y sanciones, viene estipulado el tiempo en que se pueden acumular las amonestaciones o faltas leves,

Deberiamos mirar lo que dice tu convenio al respecto

Un saludo
05/06/2008 12:11
Hola Nube nuevamente.

En caso de que en tu convenio no especifique nada, puedes basarte en el artículo 60.2 del Estatuto de los Trabajadores, donde pone lo mismo que ya te indiqué en su día.

Saludos,