La propiedad prescribe, pero cumpliendo unos requisitos. Para transmitírsela a Ud, la tiene que haber adquirido primero su vendedor, aunque sea por prescripción. Va a necesitar un abogado si la nieta reclama judicialmente.
Hola, Abogado54.
En el registro de la propiedad, con fecha de Noviembre de 1952, figura en otro número (cuando yo la compré ya se había cambiado y era el actual) la finca, pues la casa actual la construyó hace más de 30 años la persona que me la vendió. Le tocó por herencia a la madre del vendedor, quién junto a su esposo se la vendió en contrato privado, con la firma de dos testigos, a la persona que me la vendió a mí (su hijo y esposa)
No sé las razones por las que en más de 50 años no han reclamado, ni dado señales de vida, ni han pagado gasto alguno derivado de la propiedad: todos los recibos constan a nombre de quién me la vendió. Ni por qué no le reclaman a él, pues saben quién es y donde vive.
En Julio consulté al notario y a un abogado y ambos dijeron que no había lugar a reclamación. Por eso preguntaba si la propiedad prescribe...
Soy viudad y mis ingresos son muy limitados. En estos momentos no puedo consultar de nuevo con abogados.
Gracias por su interés y un saludo, Abogado54.
Pilar.
La acción que esta ejercitando la heredera es la acción que emana de la herencia, debes ver si esa casa esta inscrita en el registro de la propiedad a nombre de su abuelo, y debes ver tambien el contrato que aporto tu vendedor, en el caso de que te privaran de la vivienda algo que veo complicado pero en derecho todo puede pasar, podrias ir contra el que te la vendio, de todas formas me pregunto porque ahora te reclama a ti, y no lo hizo antes al anterior propietario en 25 años?, ponte en manos de un abogado, algo que supongo ya habras realizado.
Hola.-
Compré una casa en un pueblo he hice escritura notarial de la compra.Ahora aparece una persona que dice ser nieta del 'propietario' de dicha casa y me la reclama vía burofax.Según he averiguado, la finca está registrada en el año 1952, con número de calle diferente al que tenía cuando la compré y al actual, por lo cual no se vió reflejado dicho registro al solicitarlo para la escritura notarial.
El vendedor aportó en notaría contrato privado de compra-venta de la casa,firmado por vendedores, compradores y dos testigos (fallecidos ya),certificado del ayuntamiento avalando durante más de 25 años la propiedad de dicha vivienda, recibos de contribución, agua, luz, basura, etc. y certificado del catastro a su nombre.Aparte de la escritura del año 1952, la nieta no aporta documento alguno de la propiedad de la casa.¿Puede reclamar mi casa? ¿Prescribe la propiedad al no pagar contribución, ni otros gastos legales de la vivienda, ni haberla reclamado hasta ahora?
Gracias, un saludo.-