Tengo una pequeña pregunta que se me ha olvidado y bueno mirando apuntes de derecho y demás, no sé si lo enfoco bien o no..
Pero tenía una pequeña duda, bueno en este caso 2.
Si una empresa, tiene varios "contratos" para los servicios, y "tú contratas uno de ellos" en teoria, estás aceptando tanto el contrato General del servicio como "el especificado en este caso del servicio contratado no?"
Sin embargo, imaginese que aparece una "cláusula tipo"
15- Este contrato puede ser modificado a discreción de LA EMPRESA, sin previo aviso y sin tener que ser esto causal de demanda ante cualquier tribunal.... etc etc etc etc
En teoría esta cláusla podría considerarse "tipo abusiva" o ilegal en españa no?
Ya que cuando firmas un contrato, lo firmas "por un periodo de tiempo" y hasta que ese periodo de tiempo "no finalize" la empresa, no podría poner el nuevo contrato, con sus nuevas condiciones y obligarte a "Renovar con el nuevo contrato, una vez expirado tu tiempo del contrato anterior" cierto?