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Posible Modificación Sustancial condiciones

9 Comentarios
 
14/12/2012 13:07
Entendido.
Muchas gracias.
Un saludo.
14/12/2012 13:03
Es que habrá que saber qué cosideras sentencia favorable y que es lo que se pretende reclamar.

Yo veo claro que se trata de una modificación sustancial de las condiciones de trabajo pactadas. Poco tiene que ver que la empresa quiera aplicar lo que establece el convenio (faltaría menos que no aplicase el convenio: además en ese caso estaríamos hablando de "descuelgue" y por lo tanto se aplicaría otro artículo). Es decir, se modifican las condiciones pactadas y afectan a las materias del artículo 41, por lo tanto, modificación sustancial de las condiciones de trabajo.

Lo que veo complicado ante una posible reclamación judicial es que el juez determine que no hay causa y revoque la decisión.

Y personalmente, también veo complicado que si el empresario se niega a la extinción porque entiende que no existe un perjuicio (aunque, como he dicho antes, es una situación bastante inusual) el juez finalmente aprecie ese perjuicio y extinga la relación. Ahora bien, si el trabajador considera que existe este perjuicio, solicita/comunica la extinción al empresario, y la empresa no tiene inconveniente, pues queda extinguida la relación laboral, se abona la indemnización, se encuentra en situación legal de desempleo, y aqui Dios y después Gloria.

Salvo mejor opción.
14/12/2012 12:39
dsg29.
¿Tú crees que si reclama judicialmente, tiene posibilidades de una sentencia favorable, teniendo en cuenta que lo que pide la empresa es el cumplimiento de lo establecido en convenio?

Un saludo.
14/12/2012 11:50
Esta es mi opinión de NO EXPERTA.

Lo veo muy negro.

Es cierto que es una modificación sustancial de las condiciones de trabajo (cambio en los turnos, 3 jornadas más al mes). Pero, dado que, según he entendido, la empresa puede justificar problemas económicos (50% de reducción en contrato con la comunidad autónoma) y, además, que lo único que pide es el cumplimiento de lo establecido en el convenio, creo que las posibilidades que tienen los empleados son muy, muy pequeñas.

Por otro lado, imagino que no tendrán nada por escrito que pueda justificar el derecho a ese privilegio.

Lo único que se me ocurre, a la desesperada, es demandar a la empresa, basándose en que es un derecho adquirido. Pero, la verdad es que considero que no valdría la pena.

Salvo mejor opinión.

Un saludo.


14/12/2012 11:50
Podría ser una modificiación sustancial de las condiciones de trabajo? Pues podría ser si. Se trata de una condición más beneficiosa incorporada el contrato por acuerdo (o de forma unilateral por parte del empresario) que se pretende modificar, y como afecta al horario y a la jornada, si parece que nos movamos en este entorno. Ello va a implicar que la empresa plantee el procedimiento correspondiente regulado en el artículo 41.

¿Podría negarse ahora a hacer esas horas?. No, nunca puedes negarte a una orden empresarial, salvo algunos supuestos de prevención de riesgos etc..

Si la empresa plantea la modificación sustancial de las condiciones de trabajo las opciones que tiene el trabajador son básicamente tres:
1.- Acatar y aceptar la orden.
2.- Impugnar la modificación por entender que no existen la probadas razones económicas, técnicas, organizativas o de producción. En este caso, el trabajador deber realizar su trabajo conforme a la modificacion, y el juez determinará si la modificación es causal, en cuyo caso, confirmará la misma, o bien que no existe causa y por lo tanto revocará la decisión.
3- La tercera opción es extinguir la relación laboral con derecho a una indemnización que asciende a 20 días de salario por año de servicio con un máximo de 9 mensualidades. Ahora bien, la posibilidad de extinción aparece cuando la modificación produce un perjuicio al trabajador. Lo cierto es que las empresas no suelen negarse a esta extinción, pero si esta considera que no se produce un perjuicio, el trabajador debe seguir trabajando y reclamar judicialmente.
14/12/2012 09:57
Hola de nuevo Amperio y/o otros que puedan ayudarme.
Vamos a ver, los hechos, MEJOR EXPLICADOS, son como siguen:
1.-El convenio (2012) marca 1776 horas.
2.-Ellos van a hacer 1660.
3.-Los turnos son variables de una semana a otra. Por ejemplo, una semana puede hacer: lunes, martes y miercoles, de 8-15 y domingo de 15-22. Otra semana lunes, martes ,viernes de 8-15 y domingo de 15-22....
4.-El pasar a hacer más horas de Convenio le obligaría a trabajar 3 jornadas más al mes, más o menos.
5.-El hecho de hacer menos horas que las que marc el convenio es un acuerdo al que habían llegado hace años, debido a la excasez de perfiles cualificados en la zona en la que vive. Es decir, en lugar de pagarles más, era una forma de "tenerles contentos" (el hecho de hacer menos horas de las que marca el convenio).
Ahora, alegan cuestiones económicas (parece ser que el centro tiene un acuerdo con la comunidad autónoma en virtud del cual, esta paga al centro x euros por cama; y ahora, les han reducido x-2,5% por cama.
6.-Durante 9 años, siempre le han respetado esto, es decir, hacer menos horas que las que marca el convenio.
7.-solo quedan dos empleados en el centro en el que trabaja, (el y otro) con este "beneficio", ya que son los empleados que quedan desde que se llegó a este acuerdo. El resto de empleados que han ido incorporándose con el transcurso de los años, posterior a este acuerdo, cumplen las horas del convenio.
Por tanto, ¿creen ustedes que se trata de una modificación sustancial de las condiciones de trabajo? ¿Podría negarse ahora a hacer esas horas de más?
MUCHAS GRACIAS por vuestras aportaciones.
14/12/2012 01:10
No tengo ni idea. Pensaba que todas las páginas de convenios eran gratis.
Lo que yo suelo hacer es poner directamente el nombre del convenio que busco. Suele dar resultado.
También, en este foro, cuando entras en "derecho laboral", tienes convenios colectivos publicados.

Espero que te sirva de algo.

Me da la sensación de que el caso de tu amigo va a estar complicado, ya que si la modificación del horario del turno se debe, exclusivamente, al aumento de jornada laboral, por cumplir lo establecido en convenio, yo no veo cómo se puede defender este tema.

un saludo.
14/12/2012 00:55
Gracias Amperio. tienes razón. En realidad es una consulta para un amigo, por eso la vagedad de los datos.
si te parece, mañana hablo con el, y te contesto. A ver si me puedes decir algo.
En cualquier caso, efectivamente el turno ser vería alterado, por el hecho de hacer más horas.
Por otro lado, ¿sabes de alguna página donde bajarme gratis convenios?
14/12/2012 00:40
¿Qué quiere decir "el convenio marca 1700 horas aprox, 1690 horas, 1701, 1720? Digo yo que el convenio marcará unas horas determinadas. ¿no? ¿Cuántas horas?
¿Cuántas horas habéis hecho 1590, 1600, 1610?
¿Cuál es el turno que realizáis ahora?
¿Dice algo el convenio sobre turnos de trabajo?
¿Cuántas horas se reflejaban en ese documento sellado?
¿Cómo cambiaría el turno?

Me parece que cómo no aclares estos puntos, ningún experto te va a poder aconsejar.

Un saludo.
Posible modificación sustancial condiciones
14/12/2012 00:01
Hola, a ver si me podéis ayudar, con cierta urgencia.
Hechos: 9 años con contrato indefinido.
Aunque por convenio se nos marca 1700 horas (aprox), siempre hemos hecho unas 1600. Además, siempre el mismo turno. Unicamente el año pasado se nos entrego un documento donde se reflejan las horas que hacíamos. Documento con sello pero no firmado.
Hace unos días, se nos ha informado que tenemos que hacer las horas marcadas en el convenio, lo que a su vez implicará un cambio de turno. El dueño alega menores ingresos.
Pregunta: ¿No podría entenderse como una modificación sustancial de las condiciones? ¿el empresario puede hacerlo? Muchas gracias!!!!!