Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Posibilidad de desigualdad en un examen de oposición

8 Comentarios
 
Posibilidad de desigualdad en un examen de oposición
02/06/2011 00:08
El día 7 de mayo me presenté al 2º examen de una oposición de auxiliar de administrativo que consistía en una prueba de word 2002. Había 3 salas distintas. En dos salas había ordenadores de sobremesa y en la tercera, que fue donde me tocó a mí, había ordenadores portátiles. Con fecha 31 de mayo han salido las listas y mi sorpresa ha sido ver que no he superado la prueba cuando pensaba que sí lo había hecho. He solicitado ver el examen, que me expliquen el sistema de puntuación y la revisión de la nota del examen ¿Se puede impugnar el examen al considerar que no había igualdad de oportunidades para todos? ¿Hay algún norma en la que pueda apoyarse esto? Gracias!!!
02/06/2011 11:34
No creo que consiguieras nada con lo que dices. Todos tuvísteis PC.
Para que te den la razón impugnando examenes debes de haber realizado tu prueba, prácticamente, perfecta, más o menos entorno al 10. Se agarran a todo. Ten en cuenta que tu no sabes como lo han hecho los demás y ésto actúa en tu contra.
Sé de que te hablo.
06/06/2011 13:25
¿La velocidad de escritura era fundamental para realizar la prueba correctamente en el tiempo estipulado?

En caso afirmativo el teclado de los portátiles puede suponer una importante desventaja con respecto al teclado de diseño ergonómico que generalmente tiene un ordenador de sobremesa.

Si llega a juicio puede Vd. presentar informe pericial que ponga de manifiesto esta desventaja y por tanto la posible vulneración del art. 14 de la CE, pero siempre estará a merced de lo que el juez aprecie al respecto.
06/06/2011 14:53
No soy abogada, pero si soy funcionaria. Hacen lo que les da la gana. La velocidad de escritura depende del PC y de ti. Cuando uno escribe es posible que cometa errores y tu desconoces si los demás tienen o no fallos. En ningún momento te permitirán que veas como han realizado la prueba los otros.
Fíjate hasta que punto las oposiciones son una merienda de negros, que llevo 20 años como funcionaria de carrera en una plaza que se inventó la CECIR y que no cumple con ninguna normativa legal. Los conocimientos que tengo de Derecho Administrativo son debido a mi situación dentro de la Administración.
La única forma que tienes de ganar un contencioso, porque la Administración nunca da la razón, es habiendo hecho un examen de 10 o de 9 como mínimo.
Un saludo.
06/06/2011 17:45
Muchas gracias por responder, visto lo visto, mejor estarse quieta. Gracias de nuevo!!
06/06/2011 20:32
Efectivamente, como bien le dice fanotron, no es lo mismo realizar una prueba con PC que con portátil. Con el portátil, la misma labor se realiza, por las limitaciones ergonómicas, siempre con más lentitud y dificultad. Por lo tanto, puede recurrir administrativamente. Ahora bien, le desestimarán el recurso y continuarán con el proceso. Entonces tendrá que presentar demanda contencioso-administrativa y resolverá el juez. El problema es que cuando resuelva, y aunque falle a su favor, es muy probable que, o bien usted ya se haya jubilado, o ya sea funcionaria en otra o en la misma administración porque haya aprobado 4 o 5 oposiciones ya. ¡Así está la Justicia española! Yo hace tres años que presenté una demanda contenciosa en la Audiencia Nacional y aún estoy esperando, y lo que me queda. Si ya ni me acuerdo de que trataba el asunto.
06/06/2011 21:27
Espero que tengas suerte. Es difícil ganar en un contencioso, aunque no imposible. Primero debes de enterarte de la legislación que se incumple, saberte todos los reales decretos, leyes, reales decretos ley, normativas, resoluciones, etc. A veces, el Abogado del Estado utiliza que tu has sido consentidor por no haberlo denunciado a su debido tiempo o con los trámites reconocidos por el procedimiento que corresponda. Otras veces intentas arreglarlo mediante recursos dirigidos a Función Pública o al ministerio y no responden. Cuando vas a juicio piensas que el silencio administrativo es positivo, y esto no es cierto, por lo que el juez no lo admite a trámite.
Conozco excompañeros míos que acabaron en el Tribunal Supremo. El propio juez de este tribunal reconoce que hay errores de concepto, que la Administración no ha cumplido plazos, pero aún así, no les da la razón. Es más, en dicho tribunal se miente, pero el magistrado no tiene una varita mágica para saber quien dice o no la verdad, por lo que mis excompañeros pierden el juicio, y menos mal que no les toca pagar costas.
Un saludo.
07/06/2011 10:08
En mi modesta opinión, soniapipa, hará bien en no molestarse para no perder tiempo, dinero y salud.

Yo no confío para nada en la justicia española pero si alguna vez quisiera "meterse en camisas de once varas", por un asunto de igualdad, la mejor manera de reducir al máximo el laberinto procesal contencioso-administrativo es tomar la sentencia desestimatoria de primera instancia y, aunque diga que no cabe recurso alguno contra ella, recurrirla en amparo al TC. El siguiente paso, en caso de no ser admitido el recurso (típicamente por vaguer... quiero decir falta de trascendencia constitucional) o volver a obtener fallo desestimatorio, es irse a Estrasburgo. Allí el Tribunal Europeo de Derechos Humanos no es español, lo cual ya es una mayor garantía (decir esto me cuesta horrores pero he de ser objetivo y realista) y conoce de los incumplimientos de la Declaración Universal de los Derechos Humanos (en su caso es el art. 21.2) .

Un saludo.
07/06/2011 12:37
Para que el Constitucional te admita tu reclamación a trámite, previamente debes de haber alegado en otro tribunal que se han menoscabado tus derechos constitucionales, porque si no, no te lo admiten.
Gracias a que en Estrasburgo hay menos amigos, la posibilidad de ganar es bastante mayor, porque hay sentencias encontra de funcionarios de carrera que jamás se deberían de haber perdido. Yo he visto como excompañeros míos pierden un juicio y lo que alega el Abogado del Estado es que tal real decreto no especificaba como había que actuar. De este modo, la Administración del ministerio x considera que tienen la potestad para legislar. Esto es totalmente anticonstitucional, no sólo porque dicho organismo no pertenecen al poder legislativo, sino porque en el caso que conozco, existía una ley que sí dice como hay que obrar.
Un saludo.