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por no superar el periodo de prueba

12 Comentarios
 
por no superar el periodo de prueba
05/08/2011 16:41
Muy buenas tardes (para quien las tenga...)
Pues miren ustedes, acabo de llegar a casa con un papel de la empresa en el cual pone que:
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"en virtud de lo dispuesto en el art. 14 del estatuto de los trabajadores, le comunico, la decisión de desistirse de su contrato por no superar el periodo de prueba, quedando la relación laboral extinguida a partir del día 12 del presente mes.
Comunicado a 4 de Agosto de 2011, le informamos que queda a su disposición la liquidación correspondiente por saldo y finiquito."
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El contrato que tengo es de 6 meses con 2 meses de prueba, el cual firmé el 16/6/11, y hoy, a fecha 5/8/11 me dan a firmar ese papel con fecha de ayer 4/8/11... Yo, con la sorpresa de la noticia de cese de contrato no caí en que el papel no era de fecha de hoy, sino de ayer, y lo he firmado. Y mi duda es: ¿con cuantos días de antelación tienen que darte el preaviso?, puedo reclamar algo?, las vacaciones me las tendrían que pagar?... Pido orientación y respuestas por favor. Gracias anticipadas, y saludos.

Hugo, de Sevilla.
09/08/2011 01:29
Lo tienes chungo, en periodo de prueba no se requiere preaviso, es más para que necesite preaviso tiene que ser en contratos superiores al año de duración, en cuanto a las vacaciones generadas seguramente vendrán den el finiquito. Lo del día no tiene importancia por qué dice que la relación laboral se extinguirá el día 12
09/08/2011 05:56
Bueno pues... a la cola del paro de nuevo...
Muchas gracias por la respuesta.
Un saludo desde Sevilla.
09/08/2011 08:25
"es más para que necesite preaviso tiene que ser en contratos superiores al año de duración"

???

¿Pero qué tendrá que ver la velocidad con el tocino?
09/08/2011 12:18
Cierto, no tiene nada que ver, entiendo que se refiere al artículo 49.1 c) párrafo 4º (TRLET).
09/08/2011 12:56
Lo llevo viendo un tiempo, hay gente que se refiere al Estatuto de los Trabajadores como TRLET, lo cual mola por que es más abreviado, y queda chulo, pero creo que es poco recomendable porque normalmente quien pregunta no va a tener ni idea de lo que es el TRLET, cuando quedaría clarinete poniendo Estatuto de los Trabajadores.

Un saludo.
09/08/2011 13:06
Perdón.
09/08/2011 13:09
Es una buena o mala costumbre que no quiero perder.

Dices:
"hay gente que se refiere al Estatuto de los Trabajadores como TRLET"

Has sido muy sutil y diplomático pluralizando pero creo que soy en único ser extraño que lo estipula de tal modo.
09/08/2011 13:09
Tampoco es para eso, simplemente era un comentario.

Un saludo.
09/08/2011 13:10
Intentaré adaptarme.
09/08/2011 13:11
Pues no se si eres el único, la verdad es que no he reparado si eras siempre tu, o había alguien más. Ahora no voy a buscarlo, pero me parece que hay más gente que utiliza ese acrónimo.
09/08/2011 13:11
Que no me enfado ni nada similar.

Tienes razón.
09/08/2011 13:12
Buf, se cruzaron mensajes.

En el que digo que tampoco era para eso, me refería a tu mensaje de "perdón", jejeje