Acriton...eso es un delito muy grave, debería ir usted al Juzgado de Guardia para denunciar esos hechos, estoy seguro que el Fiscal pedirá pena de muerte (en España solo se contempla en esos casos), delincuentes tan peligrosos deberían estar encerrados de por vida...donde quedaron esos amables albano-kosovares que asaltaban casas y agredían brutalmente a sus moradores...
que mas da que lleve gorra o no lleve gorra.cual es el problema?
lo que usted quiere es que le atiendan correctamente,que le defiendan si lo necesita o que le informen de lo que pregunta. que esto no es la mili.
Me quedo de piedra, yo estaba convencido de que un policía desgorrado ni siquiera puede detener a un delincuente in-fraganti, ya que no puede dirigirse a él (también son ciudadanos, los delincuentes), y que los días de fuerte viento, propicios para el desgorre policial, se anulaban todas las patrullas.
Por no hablar de los guardias civiles que prestan servicio en aduanas o en controles de seguridad ciudadana. Es sabido que es casi imposible que un GC revise concienzudamente el interior de un vehículo sin que se le caiga la gorra (el diseño de la teresiana tiene esas cosas), resultando que si al agente resulta desgorrado y descubre droga antes de volver a ponérsela, esa aprehensión es nula de pleno derecho, por lo que no se puede detener al infractor.
Del mismo modo si un GC de tráfico observa una infracción de un camión, pero el aire que provoca el mismo al llegar a la altura del agente hace que se vuele la gorra, no puede denunciarse, pues el desgorre se ha producido durante o inmediatamente después de ser observada la infracción.
Y ahora va usted, pacorro, y me saca de mi error, mi gozo en un pozo.
De lo que sí estoy seguro es de que la omisión del saludo al ciudadano tiene como consecuencia la inmediata prescripción del delito, falta o infracción administrativa, que no podrán ser perseguidos en modo alguno.
El mismo efecto se produce si el agente que pretende denunciar o detener lleva el pelo largo, las uñas descuidas, no está afeitado, o lleva sucio el uniforme o los zapatos.
¡Ah y no olvidemos las peores infracciones! Que el agente no lleve guantes blancos o le huela el aliento, hechos que producen responsablidad pecuniaria de la administración, debiendo ser indeminizado el ciudadano interpelado.
Creo que recuerdas algo que nunca ha existido.
La gorra de los policías forma parte de su uniformidad, pero no existe nada que diga que un policía no puede dirigirse a un ciudadano sin la gorra. Lo único que impide a un policía dirigirse a un ciudadano es lo mismo que a un ciudadano a un policía, es la pérdida momentánea o permanente de la voz.
Si un policía no hace uso de la gorra, podrá estar cometiendo una falta disciplinaria, y si algún jefe observa que no se pone la gorra, podrá expedientarlo por ello, pero con relación a los ciudadanos sería el mismo caso que si una charcutera no usa el guante de acero obligatorio o un camarero lleva pantalón azul en lugar del negro que le facilita su empresa.
No se si esto es de penal o administrativo.
Creo recordar que hace algunos años, un policía no se podia dirigir a un ciudadano sin tener su gorra reglamentaria (corríjanme si estoy equivocado).
Ahora, los policias están sin la gorra reglamentaria en innumerables ocasiones, pero tengo la duda si se pueden dirigir a un ciudadano ejerciendo sus funciones sin estar con dicha gorra.
Ocurre lo mismo que la obligación del saludo al dirigirse al ciudadano.
Es una curiosidad que tengo y tambien puede ser util para el resto de foreros.