Sobre los metros que ha estado disfrutando durante años, sin título de propiedad, puede solicitar la usucapion. O se entiende que es el titular registral y sus herederos los legítimos propietarios.
Por lo que comentas, existen dos titulares, uno registral y otro catastral. Las condiciones de veracidad de la titularidad catastral no son jurídicamente comprobadas y por lo tanto se pueden considerar como meramente indiciarias, las mismas no producen efectos frente a terceros.
En cambio, cuando el Registro de la Propiedad español declara la titularidad dominical de una finca registral, lo hace con efectos frente a terceros, es decir, sus declaraciones prevalecen legalmente frente a cualesquiera otras que no se encuentren inscritas. Por lo tanto el titular registral es el que tiene plenos derechos.
Izquierdo y asociados. Abogados
Cualquier aclaración , estoy a su disposición
En primer lugar agradecer a tod@s vuestras aportaciones. Sigo el foro desde hace un tiempo pero hoy he tenido que participar.
La cuestión es la siguiente:
En 2011 compré una finca a mi tío. Escritura con plano, referencia catastral, con hijuela proveniente de in documento público, etc. Tuve que realizar levantamiento que aporte al documento y remití a catastro ya que catastro y escritura no eran coincidentes.
Dentro de la finca un señor hacía uso de un invernadero y almacén. Además tenía una pequeña parcela que lindaba con la finca que adquirí. Sospechábamos que no tenía escrituras ya que la finca matriz estaba registrada y la división de bienes la conocíamos. Estaba pagando contribución del almacén, que aparecer compró a mi tío (46m junto a 300m desde 2005) y un inmueble (50m desde mediados de los 90)que compró a alguien que no puede acreditar que era el propietario. Además en este último inmueble ha hecho uso de más metros. Ha construido, perforado, etc
Se le pide documentación y nos da largas.
Ahora el catastro ha corregido errores y nos ha aparecido con que compró a mi tío unos 300 con lindes que no coinciden con la hijuela, y haciendo mención, como título de propiedad, a un documento que no es la aceptación de herencia de mi tío ante notario. Y para más inri los 50m urbano del otro inmueble se han convertido en 68 dentro de una parcela de 200m sin que mediará escritura. Y estamos hablando de parcelas diferentes. Todas estas modificaciones hace unos meses
Mi pregunta es:
Podría pedir usucapion por el inmueble, 50m, del.que paga el IBI hace más de diez años.
Si la parcela tiene lindes incorrectos y que no coinciden con la hijuela puede apropiarse de esos metros.
Me ha dicho que nos va.a denunciar ya que han querido meter los 300m en catastro y no se lo han inscrito ya que invade mi parcela. Alegan que la escritura les da un derecho aunque sólo hayan catastrado 46m y sea imposible de situar ya que la descripción no existe en ningún documento de la hijuela de mi tío.
Sospechamos que con una misma escritura quieren dar validez a dos parcelas distintas. Ya que los metros que usan y los que conocemos que tienen en escrituras públicas no.coinciden. Siendo el.uso de metros mayor que el lod mencionados en escritura. A esto hay que añadir que es imposible situarlas porque los lindes son incorrectos y sus escrituras carecen de planos y referencias catastrales.
Debo denunciarlos yo??
O espero que me denuncien y les pido que acrediten las propiedades de las que hacen uso.
Disculpas, por lo engorroso del tema
Gracias de antemano por los comentarios.