El Procurador debe ser el del partido judicial donde se tramita el procedimiento. tienes que ver si se tramita en Granada capital o en otro municipio con Juzgado. en cuanto al poder lo pudes hacer en cualquier sitio simpre que apoderes al menos a un Procurador del lugar del juicio.
Hola a todos, resueltas mis dudas anteriores, ya solo me queda la cuestion del poder: dado que mi cliente vive en cordoba y el juicio contra ella es en granada, el poder general para pleitos donde debe hacerse en notaria de Córdoba o de Granada' y si lo hacemos apud acta,tambien donde, en Córdoba o en Granada? y una última cuestión,los procuradores de que ciudad han de ser?Gracias y perdon por mi ignorancia de novata.
Esperanza.