Buenas tardes. Les agradecería que me dijeran si un abogado puede personarse en representación de su cliente en un proceso penal sin tener aún el poder de éste. Gracias.
Depende del procedimiento y la parte en la que actúe. Voy a asumir que te refieres al Procedimiento Abreviado o en el Procedimiento de Juicio Rápida y que se actúa como defensa que es el supuesto en que se posibilita la representación al abogado. En estos casos suelen aceptar la designación por medio de documento privado, sin perjuicio de la designación apud acta que pueda realizarse.
No obstante, un apoderamiento apud acta es un rato y, en la mayoría de notarías, te hacen el poder de un día para otro.