Abro una nueva consulta sobre “Plusvalía en la herencia” para alargar las contestaciones a la anterior consulta de EHB, en la que se refiere a unas propiedades fijadas en testamento y de unas adjudicaciones a los herederos distintas de las contenidas en el mismo. No entiendo cómo se puede adjudicar la herencia de modo distinto a como se indica en el testamento. ¿Alguien tiene la bondad de explicarlo?