hola a todos, quisiera hacer una consulta, en mi nomina tengo varios pluses extrasalariales (dieta, km , distancia, ropa).
Estos pluses tienen que entrar en la base de cotización y para el Irpf, a mi no me los cargan para ninguno de los dos; hay limites para ambos de cantidades.
Muchas gracias de antemano, es una duda que tenia hace tiempo.
hola:
Los conceptos extrasalariales no son salarios si no gastos ocasionados como consecuencia del trabajo. En tal sentido, no forman parte de la base de cotización, con lo cual no afectan para la I.T., Incapacidad permanente o jubilación.
No obstante, las dietas y los gastos de manutención tienen un limite del 20% del SMI, superándose los mismos cotizan como si de salarios se tratase.
En cuanto al IRPF si están sujetos los conceptos extrasalariales a la retención. Con la excepción de los gastos de locomoción, manutención y estancia en los límites establecidos por la Ley del Impuesto de la Renta de las personas Físicas.
En conclusión, las dietas por manutención y estancia,y los gastos de locomoción, si no superan los límites establecidos no cotizan ni están sujetos a retención. El plus trnasporte y el quebarnto de moneda, por ejemplo: no cotizan en, pero si están sujetos al impuesto de la renta.
Efectivamente, la diferencia radica en que, si el salario que percibe el trabajador encuentra su causa directa en el trabajo realizado o prestado, las no-saláriales, no son su “causa”, sino la ocasión. Es decir, la mayoría compensan los gastos que el propio trabajo origina y que el trabajador soporta.