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Plus transporte

3 Comentarios
 
Plus transporte
28/02/2003 16:33
Me gustaría saber si el plus extrasalarial por transporte que establecen algunos convenios tributaría al IRPF o no. GRACIAS.
28/02/2003 19:46
El plus de transporte está considerado para el IRPF como otro concepto salarial. Es decir forma parte de la base de retención.
01/03/2003 12:52
Hola mmen, este concepto no esta exento para hacienda, hay que tributar por él en la nómina.
En seguridad social no cotiza siempre y cuando no supere el 20 % del s.M.I. (En año 2003: s.M.I. 451.20 €). Toda cantidad que supere el 20€ de este s.M.I. Debe pasar a formar parte de la base de cotización.

Saludos.
07/03/2003 16:27
Muchas gracias. Un saludo.