Nuestro convenio es el consigantarios de buques de Sevilla, no tenemos representantes sindicales apesar de ser unas 45 personas en plantilla. Mi duda es, cobro por encima de convenio al haber pactado mi suelo al entrar en la empresa, hay conceptos que no me pagan alegando esto, dentro de poco haré los diez años de antigüedad y en el convenio aparece el artículo que os pongo a continuación, me lo tiene que pagar o es absorbible por la cantidad que cobro por encima de convenio?
Yo soy oficial administrativo desde que entre y asi sigo.
Gracias de antemano.
Artículo 20. º Plus de inamovilidad.
Se abonará la cantidad de 90,87 € mensuales a los Oficiales administrativos y Jefes de Negociado, que llevando 10 años de servicio en la empresa en la misma categoría, no hayan ascendido los primeros a Jefes de Negociado y los segundos a Jefes de Sección.
En las categorías de Conserjes, Ordenanzas y Telefonistas se anula este plus, manteniéndolo como «garantía ad personam» para los que actualmente lo perciben.