creo que no, ya que las limitaciones con respecto a las donaciones que figuran en el codigo civil no se refiren al tiempo, sino a otro tipo de causas, articulos 634 y ss.
saludossss
Dos preguntas: Recibido un inmueble en donación, ¿hay que esperar algún tiempo para poder venderlo?
El donante, si quiere volver a donar algo a la misma persona, tiene que esperar algún tiempo para hacerlo?