Hola, alguien me puede aclarar si teniendo en cuenta que tienen obligación de resolver se puede esperar aunque pasen esos 6 meses a que respondan o una vez pasado ese plazo si responden, o sin responder pasan directamente a la siguiente fase( la que corresponda para cobrar una sanción), ya no hay derecho al recurso contencioso.
Si interpongo recurso de reposicion y no me contestan, y el mismo se entiende desestimado transcurrido un mes desde la interposición, que plazo tengo para presentar el recurso contencioso, seis meses desde que aquel se entiene desestimado? muchas gracias a todos los que puedan contestarme