Ruego disculpen mi torpeza , pero sé que con la Nueva Ley de 2019 , durante la segunda mitad del préstamo , son 15 meses o el 7% de la deuda pendiente .
No entiendo bien eso de la deuda pendiente . O sea que si le debo al Banco 100.000 euros y dejo de pagar la hipoteca de 1.000 euros al mes , entonces cuando le deba más del 7% de la deuda , o sea más de 7.000 euros , ya puede el Banco comenzar la demanda de ejecución .
Entonces , solo le habría dejado de pagar 8 meses , y no los 15 que pone en primer lugar .