hola compañeros, esta semana estoy preguntona:
Ante un despido objetivo, en el que se da un plazo de preaviso de 30 dias, 6 horas libres a la semana......Si el preaviso es el día 01-04-03 para fecha despido 30-04-2003; Los 20 dias hábiles para demandar desde cuando los cuento, desde el día que se preavisa (01-04-2003)´o desde la fecha efectiva del despido (30-04-2003).
Gracias de antemano.
Hola Creyes (nuevamente porque hoy estoy de guardia. En una broma) como me imagino que habrás estudiado a fondo el tema (La comunicación escrita con expresión de la causa; La indeminzación; La concesión del plazo, etc.) sólamente te responderé a lo que solicitas.
La impugnación contra la decisión extintiva del empresario, debe recurrirse "COMO SI DE UN DESPIDO DISCIPLINARIO SE TRATARA". Es decir, se dispone de una plazo de 20 DIAS HABILES a partir de la efectividad de la medida extintiva. Si el preaviso es de TREINTA DIAS computado desde la entrega de la comunicación personal al trabajador hasta la EXTINCION (efectiva) DEL CONTRATO.
Finalmente recordarte lo establecido para el no cumplimiento de los requisitos y forma (causas de descriminación; violación de derechos fundamentales, etc.) que llevarían a que la decisión estuviese viciada de nulidad y su declaración correspondería a la autoridad judicial.