Hola, me ha llegado una notificacion del juzgado y en ella se hace alusion al concepto "plazo de una audiencia"
Me podrian decir que quiere decir esto?
Se refiere a un plazo temporal determinado?
Dice la notificación que "el recurso se puede interponer en los diez siguientes al del vencimiento de "dicha audiencia".
Quiere decir que en la misma fecha que recibes esa notificación puedes recoger los autos para recurrir, y que los recojas o no ese día,el plazo de 10 te empieza a correr desde la notificación y no desde que retires los autos. Mas o menos en la práctica es así, aunque la expresión se las trae ciertamente