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plazo de pago de pension alimenticia

25 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 25 comentarios
Plazo de pago de pension alimenticia
03/03/2006 10:14
sino dice hasta que dia el convenio , solo que el padre debe pagar la cantidad de x euros mensuales ¿hasta cuando se entiende que puede pagar?Me han dicho que los jueces entienden que dentro de los primeros 5 dias porque el niño tiene que comer claro.. es cierto?
03/03/2006 10:27
Si lo efectua en los cinco primeros dias del mes no tendra problema alguno.
Hay muchos que aconsejan pagarlo el dia uno del mes como practica de "buen hacer" y de "buen padre de familia"
03/03/2006 10:41
pero sin o dice nada el convenio el puede pagar cuando quiera?es que aún no me ha pagado y no se cuando puedo reclamerselo
03/03/2006 10:51
Los pagos se entienden por meses anticipados, y el plazo habitual que se suele pactar son los cinco primeros días de cada mes. Lo normal es ejecutar la sentencia cuando hay, por lo menos, un mes vencido sin pago alguno.
03/03/2006 11:02
Jo, Ferro, tienes razón, pero tu comentario me hace sentir un poco mal. Durante los primeros años, SIEMPRE ingresábamos la pensión el día 1, salvo que éste día cayera en fin de semana, claro, pues el banco no está abierto (al menos no el de ella). Pero desde que me cambiaron de trabajo, como el padre, por su horario, no puede ingresarlo, lo hago yo (él bastante ya pide permiso para salir antes del trabajo para recoger al niño del cole), y ahora sólo puedo hacer ese ingreso los jueves por la tarde, cuando abren las cajas. Por eso, si el 1 cae cualquier otro día, tengo que esperarme al jueves (por supuesto, siempre dentro de los 5 primeros días, como dice el convenio; si ésto no fuera posible hacerlo con lo del jueves, entonces faltaríamos al trabajo o lo que hiciera falta para poder ingresarlo en la fecha acordada). Al fin y al cabo, lo que cuenta es que el dinero esté ahí cada mes, ¿no? Hay personas que nos es imposible ingresarlo el día 1, y por supuesto no es por mala voluntad. Cuando podamos, tendremos ordenador en casa y haremos los ingresos por Internet, así no seremos esclavos de los horarios de los bancos, incompatibles muchas veces para los trabajadores.
03/03/2006 11:36
La ley es clara al respecto artº 148 de Código civil Título VI .." Se verificará el pago por meses anticipados..." la jurisprudencia en varias sentencias entiende que ha de efectuarse dentro de los cinco primeros días sin necesidad que el convenio lo explicite.Aunque en la mayoría de los casos se suele poner en convenio porque hay mucha mente obtusa y poco razonable que sino no lo ven escrito no lo asumen.
03/03/2006 12:14
Anonima, tu caso es igualito al mio, yo tambien hago el ingreso en el nombre del padre, ya que él no puede salir del trabajo, y incluso alguna vez lo he hecho el día 6 o 7 porque no me he podido desplazar al banco, para ser sincera. Yo creo que lo importante es ingresar todos los meses, hombre, otra cosa es saber que el niño necesita el dinero el dia 1 por causa mayor que si no se muere de hambre, en cuyo caso flto al trabajo o lo que sea, pero bueno, no es el caso y supongo que el tuyo tampoco.
03/03/2006 12:49
Estamos igual, Esthermálaga. Un abrazo.
03/03/2006 13:01
Casi todos los recibos los pasan al cobro el 1º de mes. Es una faena a veces que te devuelvan algún recibo porque te has quedado en números rojos, no?.

Creo que no cuesta tanto pagar a nuestros hijos dentro de los 5 primeros días del mes.

Y si tienes problemas para ingresarlo por cualquier motivo existen las llamadas transferencias permanentes o la banca por Internet, que suele ser un servicio gratuito de los Bancos.

Si se trata de buscar excusas se pueden encontrar a cientos, pero el ser consecuente y hacer bien las cosas pienso que no cuesta tanto.
03/03/2006 13:57
De acuerdo contigo, Tercera. Ya he dicho lo que yo hago habitualmente, siempre sin salirme del plazo de los cinco días. Eso sí, llámame arcaica, pero yo prefieron personalmente hacer el ingreso y llevarme mi justificante sellado, para quedarme tranquila y saber que el dinero está bien ingresado. También pasan el recibo de lo de la tarjeta el día 1, y lo ingreso con lo del niño: lo antes posible y en los cinco primeros días (creo que el día que más tardé fue el día 3). Lo que decimos no son excusas. Es que, aparte de pagar la pensión, tenemos una vida, y si no se puede el día 1 y se puede el día 3, pues tampoco creo que nadie se quede sin comer. Tampoco saquemos las cosas de quicio.
03/03/2006 15:03
De acuerdo contigo, Anónima. Tercera, no se trata de buscar excusas, ella ha dicho claramente que lo hace dentro de los 5 dias primeros y yo que solo lo he echo el dia 6 o 7 por causa mayor alguna que otra vez, y siempre porque se que no causo gran daño, que la niña esta bien atendida y alimentada. No es culpa del padre que a la madre le pasen recibos del banco el dia 1 y se quede a numeros rojos, no?
04/03/2006 02:56
el niño no come los primeros dias del mes?ni se viste ni tiene gastos? o solo los tiene a partir del dia en que el padre ingresa la pensión?Hay que cosas que deberian ser sagradas y una de ellas es el pan de los niños lo demas son cuentos.
06/03/2006 11:37
Efectivamente, Lucilla. Por eso en la sentencia estipula que el pago de la pensión se efectuará del 1 al 5 de cada mes, para dar margen al progenitor para ingresar dicha cantidad. A ver si por no estar ingresada la pensión va a haber que castigar al padre. Que aparte del "pan de los niños" está el del papá, ¿o qué? ¿Y si el padre cobra el día 1 por transferencia bancaria -como es mi caso- y hasta en tres días no se hace efectiva, va a sacar el dinero de donde no hay? Si la ley dice que existen esos días, pues se ingresan esos días. Si puedes el 1, mejor, pero si por lo que sea no puedes hasta el 5, pues bien también; y si un día pasa algo accidental y no puedes hasta el 8, pues si hay comprensión y buen entendimiento entre las partes, pues no pasa nada tampoco. Y la persona que recibe la pensión ha de contar con ésto, para llevar un cálculo de su economía para hacer frente a los gastos que pueda tener, y administrando la pensión del padre para poder hacer frente a dichos gastos. Y la persona que porque no le ingresen la pensión el día 1 se queden los niños sin comer, pues que le den la custodia al padre, y verás como se acaban las tonterías. Vamos Lucila, que hay que mirar por los niños pero no caigamos en la demagogia barata. Que ésto no es "Lo que el viento se llevó" ni tú Scarlata O´Hara con lo de "a DIOS pongo por testigo que no volveré a pasar hambre".
06/03/2006 17:25
Es muy facil Anonima:
Que alguien se queja de que en vez de el dia 5 lo ha recibido el dia 6?, y quiere ir de pejiguera poniendo pegas?, pues que denuncie, haber donde llega una denuncia contra alguien por haberse retrasado un dia en la pension por alimentos y siempre que haya sido esporadico.
06/03/2006 18:59
Pues creo estar seguro que lo de los cinco dias es incluso, dias laborables. Poe ejemplo ahora en febrero y marzo, el dia 6 estaria dentro de los primeros cinco dias laborables.Saludos
07/03/2006 07:58
la cuestion no es retrasarse un dia , que todos somos humanos y para eso esta la boca para decirle a la señora madre de sus hijos que uno se retrasa por determinada circunstancia.. la queja va para el que lo toma por norma el pagar cuando se le antoja...si esto es ser pejiguera .. pues quizas si lo sea.. lo siento mucho pero los menores me preocupan mas que los adultos.. suelen estar en medio de las disputas familiares y sufren en silencio com el que tiene almorranas..
07/03/2006 09:52
Eso sí, Lucila. Todo dentro de un límite. Hablamos de que lo ideal es ingresar la pensión el 1 de cada mes. Pero que si por circunstancias se ingresa pasado ese día, siempre dentro del límite estipulado en el convenio (del 1 al 5 de cada mes) pues que tampoco hay que verlo mal. Si por circunstancia accidental (ahora mismo no puedo imaginarme cuál) se ingresara pasado ese día, pues si hay buena voluntad por ambas partes, tampoco eso pienso que debiera originar una denuncia o ser visto como "¡oh, qué mal padre!". De ahí a ingresar la pensión cuando te da la gana o no ingresarla directamente, va un abismo, y ninguno hemos defendido eso, si lees bien nuestros anteriores mensajes. Por lo tanto no sé a qué viene tu ataque, la verdad. Es querer ver problemas donde no los hay.
07/03/2006 10:16
De todas formas anonima el tema que planteaba la compañera era el plazo que se estipulaba cuando nada decia el convenio .Este foro esta muy vivo empezamos con un tema y acabamos con otro,eso siempre es un buen sintoma y como aquel ..cuando uno no quiere pagar da lo mismo loque diga el convenio . S2.
07/03/2006 10:46
Pero qué cansina eres, Lucila, qué cansina. Cuando te quedas sin argumentos, a hacer chanzas, ofender y tonterías a mansalva. Interviene para algo de provecho, rica, no para ofender al personal ni echar leña al fuego. Y sí, si uno no quere pagar no da lo mismo lo que diga el convenio, pues vas con tu convenio y denuncias, y verás como no da lo mismo, no.
07/03/2006 11:04
Pues a mi me preocupan todos, adultos y niños, siempre ponemos a los niños por tapadera, que queda de cuento, pero si a los adultos les va mal, no se como puede irles bien a los niños, la regla de tres no me sale.
Un saludo.