Espero explicarlo bien. Ya que con esos tengo demasiado lío.
Una persona que tiene en su casa placas solares, en hacienda tiene censada dicha actividad pero no tiene que estar dado de alta de autónomos.
Esta persona entiendo que se podrá jubilar o cobrar prestación de paro si le echan de su trabajo, ya que tener las placas solares en casa (se asimila a tener inmuebles arrendados) puedes tener algún ingreso pero no es un trabajo.