Buenos días,cual puede ser la pena por realizar pintadas en fachada particular?
Como se puede demostrar que tal pintada la hizo un individuo en concreto ?
Muchas gracias.
Si califican los hechos según el Artículo 263 del Código Penal:
1. El que causare daños en propiedad ajena no comprendidos en otros títulos de este Código, será castigado con multa de seis a veinticuatro meses, atendidas la condición económica de la víctima y la cuantía del daño.
Si la cuantía del daño causado no excediere de 400 euros, se impondrá una pena de multa de uno a tres meses.
Hay muchas maneras de demostrar unos hechos (por ejemplo, mediante testigos)