no os enzarcéis en lo que no preguntan
nos dice: el padre hace testamento, y mejora al otro hijo, pero el dinero que hay en las cuentas es a repartir en partes iguales entre los 2 hermanos
nos pregunta: ¿no tiene derecho a ser más beneficiado sobre esos 5.000 € de la madre al momento del fallecimiento?
sí mantiene la mejora, que afecta a 5.000
los 25.000 son a partes iguales, según dice el testamento, y nadie preguntó sobre eso
Me refería a que cuando dice "mejora a un hijo", ante la ambigüedad de la expresión (¿en qué porcentaje lo mejora? ¿qué hace con el tercio de libre disposición?), ENTIENDO (suposición mía, por lo que añado: "Aunque claro, todo depende de cuánto mejore al hijo cada uno, esto suponiendo que es al máximo.") que le otorga a éste, por voluntad del testador, tanto el tercio de mejora como el de libre disposición (por ser lo 'razonable' a mi entender al querer privilegiar a uno sobre el otro, no porque 'deba' de ser así, aclaro). Es una suposición o condición mía para explicar lo que expongo a continuación, no digo que la libre disposición deba repartirse como el tercio de mejora, ni que no se reparta a partes iguales cualquiera de los dos en caso de no asignarse, por supuesto.
Si se lega el 100% de la mejora a un hijo y se reparte la libre disposición a partes iguales (o si se otorga la libre disposición a un hijo sin tocar la mejora; vendría a ser equivalente) habría sido 2/3 para el primero y 1/3 para el segundo de los 5000 euros legados por la madre y dejados en usufructo al padre (que se restituyen a los herederos al fallecer éste), y los porcentajes inversos sobre los 25000 del padre, que en definitiva lo que quería mostrar (que no se pierder la mejora de la madre, si lo que está planteando, que también pongo como condición, es el usufructo de las cuentas).
Paquito: disiento respetuosamente de ti. El tercio de mejora no es más que un tercio de libre disposición, con la condición de que el beneficiario tenga la cualidad de heredero forzoso. Pero si no se dice nada acerca del de libre disposición, pasa al caudal legítimo a repartir entre los herederos. Eso significa que ambos hijos tenían el 66% del caudal relicto al fecha de la muerte del respectivo causante, ni más ni menos: 16,5% del tercio de libre disposición, 16,5% del tercio de legítima estricta y 33% de la mejora. Que sean 5000 o 30.000 es irrelevante para el cálculo, pura suerte la del que fue mejorado por el padre. Todos los bienes se tasan a fecha de la muerte del causante, y no hay un céntimo más por mucho que el padre usufructuase el caudal relicto y que, a diferencia de la madre, dejó todo el universo hereditario con carácter privativo.
Entiendo:
-que "mejora a un hijo" se refiere a entregar íntegramente el tercio de mejora y la libre disposición.
-que se asigna al marido el usufructo sobre las cuentas (los hijos no disponen de ese dinero al fallecer la madre, pero es suyo). Esto significa que el padre puede disponer de esas cantidades siempre que las conserve: o bien las use solo para invertir, o si las gasta, deberá devolverse una suma igual al fin del usufructo (mientras haya).
El primer hijo no pierde su mejora, sobre la herencia de su madre, por supuesto. Si no contamos temas de intereses e IPC:
-La madre lega 5000 euros, 5/6 para uno, 1/6 para otro
-El padre "retiene" esos 5000 euros como usufructuario, que se restituyen al fallecer a sus propietarios (los herederos), y lega otros 25000 que son suyos, de los cuales serán 1/6 para uno, 5/6 para el otro.
Al primero le corresponde 41664166=8333 y al otro 83320833=31667.
Aunque claro, todo depende de cuánto mejore al hijo cada uno, esto suponiendo que es al máximo.
Un matrimonio,la mujer fallece en el 2009, y el marido, en el 2016. Están en régimen de gananciales. Tienen 2 hijos. Hacen testamento, la madre mejora a un hijo, y deja el usufructo universal al marido; el padre hace testamento, y mejora al otro hijo, pero el dinero que hay en las cuentas es a repartir en partes iguales entre los 2 hermanos. Primero fallece la mujer, y en el banco hay 10.000 €, de los cuales, 5.000, son de la madre, evidentemente. Cuando fallece el padre, en el banco hay 30.000 €. La duda que me surge es, el hijo mejorado por la madre, no tiene derecho a ser más beneficiado sobre esos 5.000 € de la madre al momento del fallecimiento? Espero haberme explicado correctamente.
Gracias de antemano