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Personal doméstico

4 Comentarios
 
Personal doméstico
09/06/2004 12:42
Buenos días,

me gustaría contratar a una persona de 7 a 15h. de lunes a viernes para cuidar una niña y hacer tareas de casa, la daría de alta en la seguridad social, pero estoy un poco confusa con lo que tendría que pagar por ello.

¿Alguien puede orientarme al respecto?

Muchas gracias.

Carol.
10/06/2004 11:09
Tienes que darla de alta en el Regimen Especial de Empleadas de Hogar como trabajadora para el año 2004 la cuota a pagar a la Seguridad Social es de 123.49 €/mes de los cuales 102,72€ son a cargo de empleador y 20.77€ a cargo de la empleada.

Respecto a las condiciones laborales el contrato se puede celebrar por escrito o de palabra. Si no lo haces por escrito se considera celebrado por un año produciendose la prorroga de manera tacita por periodos de igual duracion.

El salario será como mínimo el S.M.I. que para el año 2004 son 460.50 €/mes o 15.35€/día. Tambien tiene derecho a dos pagas extraordinarias semestrales, una en junio y otra en diciembre en proporción al tiempo trabajado en cada semestre y su cuantia a de ser como mínimo igual al salario en metálico correspondiente a 15 días naturales.

Espero haberte ayudado.
Un saludo
10/06/2004 15:49
Muchas gracias salada, me has ayudado bastante.

También he oído que si la persona que contrato, está trabajando en otro sitio, como es el caso, que trabaja de profesora de restauración los sábados por la mañana y está dada de alta en la Seguridad Social, ya no sería necesario que pagara yo nada, ¿es eso así?

Muchísimas gracias de antemano.

Carol.
10/06/2004 16:32
A ver, yo no estoy muy puesto en el Régimen Especial de Empleados del Hogar, pero creo que las cotizaciones serán a cargo exclusivamente del empleado del hogar si éste prsta sus servicios, dentro del mismo régimen, a más "cabezas de familia".
Pero el tipo de actividad que realiza de forma simultánea es de profesora (no se si con contrato laboral a tiempo parcial, autónoma o qué, pero seguro que fuera del régimen de mepleados del hogar y quine la contrata no lo hace en concepto de "cabeza de familia".
Entiendo, en todo caso, que si en esta otra actividad cotiza, se trata de un supuesto de "pluriactividad" (actividades en disitntos régimenes).
Pero a ver si interviene algún otro forista que esté más puesto en estos asuntos y nos lo aclara.

Por cierto, por lo que parece, tienes solo una niña, ¿no?, porque si eres famila numerosa (3 hijos por regla general), creo qeu si podrias disfrutar de una importante bonificación en las cotizaciones

Saludos
11/06/2004 08:56
Si, solo tengo una niña aunque gracias por decirlo, a lo mejor así nos animamos más ;-)