Buenas, una permuta no es más que dos transmisiones a cambio de un precio que en lugar de materializarse en dinero lo hace en un objeto.
Cada transmisión tributará en función de la naturaleza de objeto transmitido.
En tu caso: Impuesto directo: Renta o sociedades por la ganancia patrimonial o beneficio.Paga el transmitente.
Impuesto indirecto: IVA o TPO. Paga el adquirente
Impuesto local: IIVTNU. Paga el transmitente.
En una cesión de solar a cambio de obra, qué impuestos y se pagan y quién los paga? es decir, si por ejemplo yo vendo un solar a cambio de dos pisos, qué impuestos tengo que pagar según ley?gracias