Hola, hace algo más de un año realice una permuta entre ayuntamientos, en distintas comunidades autónomas. No me he aclimatado bien y he pensado en volver a permutar. En el decreto de nombramiento dice que no se me podrá conceder otra permuta en diez años, pero este apartado se aplica a funcionarios del estado. Me podría clarar este punto?. GRacias.