un trabajador solicita 15 días por constitución de pareja de hecho. Al año siguiente contrae matrimonio y vuleve a solicitar los 15 días de permiso retribuido. ¿Le corresponden? Entiendo que el hecho causante del permiso es el mismo y por tanto no procede.
Je que listo el pavo, mire éste vale para empresario de éste país, al menos cara no le falta, póngale un ej, y di me caso disfruto los 15 días vuelvo me divorcio y me vuelvo a casar? Me tocan otros 15 dias? Si cambia la ley y esto es válido no trabajo el resto de mis dias, ha ha.