quisiera saber, si un familiar fallece en domingo, teniendo en cuenta que el domingo no es dia laborable para mi, como contarian los dias de permiso retribuido por la empresa, ya que el entierro se hara el martes. Podria coger lunes y martes? o ha de ser domingo y lunes?
Normalmente, los convenios colectivos establecen el disfrute de las licencias. No obstante la jurisprudencia ha establecido que se cuenta el día del hecho causante, por lo tanto si el convenio no tiene regulado el tema te correspondería el lunes solamente. Salvo otro mejor criterio. Saludos.