Tengo una cuestión que me parecía absurdo cuando mi novia me lo contó, pero su jefe le insiste en que debe recuperar los días de permiso por la boda que celebraremos en abril.
Dice el Estatuto de los trabajadores en su artículo 37. apartado 3.
El trabajador, PREVIO AVISO y justificación, podrá ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración, por alguno de los motivos y por tiempo siguiente:
a) 15 días NATURALES en caso de matrimonio.
Esto parece muy claro pero dice su jefe que aunque ponga que son remuneradas, no dice nada de que no haya que recuperarlo por lo que él interpreta que sí y por lo tanto debe meter las horas correspondientes.
Quisiera que alguién me indicara alguna sentencia o algún sitio donde explique que esas horas no hay que recuperar para pasárselas a su jefe por la cara y no tener que ir a juicio.
Gracias de antemano.
Aitor, el tema es tan evidente que dudo que hayan sentencias al respecto. Pero de todas formas si veo algo te lo cuento.
Evidentemente es un permiso retibuido y por tanto NO RECUPERABLE
(¿donde se ha visto un permiso retribuido recuperable?)