pues según una sentencia (TSJ o TS) de la que trataré de darte los datos, tienes derecho, incluso aunque no hubieras vuelto con él.
Dicha sentencia entiende que el ehco de la separación no elimina la totalidad de deberes entre los cónyuges , puede elimiar algunos, como el de la convivencia, pero no el de socorrerse mutuamente. Y en caso de operación, estos deberes pueden ser no solo el estar junto a él sino tambien atender otras obligacones (hijos, etc).
En fin, que, según este tribunal, incluso mediando separación judicial tienes derecho a los dos dias de permiso retribuido.
Ya te acabare de concretar si es el caso.
Un saludo y que vaya bien