Si la concurrencia a las pruebas se debe a motivos profesionales (cursos de formación relacionados con la
administración, pruebas de promoción interna, etc.) si tiene derecho al permiso especial por concurrencia a exámenes, si es por otro motivo deberá consumir asuntos propios.
Soy funcionario de carrera y quiero solicitar, en base a lo recogido en el artículo 48.d) del E.B.E.P "permiso para concurrir a éxámenes finales y demás pruebas definitivas de aptitud, durante los días de su celebración" un día para la realización del examen del carnet de conducir. Me gustaria saber si tengo derecho al mismo o tengo que solicitar un día por asuntos propios.